Aplicación de vacuna del Covid-19

Anuar Asproulis Lechuga

Primero que nada, es importante tener en cuenta que, en México, toda
persona tiene derecho a la protección de la salud. Lay ley define las
bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establece
la concurrencia de la Federación y entidades federativas en cuanto a
salubridad, según lo estipula la fracción XVI del artículo 73 de la
Constitución.
Además, el 28 de septiembre de este año, el Pleno del Senado de la
República aprobó por 103 votos y 3 abstenciones el decreto que
reforma la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes, la Ley General de Salud y la Ley General de Educación
para así, establecer la obligatoriedad de la vacunación en México.
De igual manera, la Ley General de la Salud ya anteriormente
mencionada, en su artículo 2°, establece que ese derecho tiene como
finalidad, entre otros aspectos:
• El bienestar físico y mental del hombre y de la mujer para
contribuir al ejercicio pleno de sus capacidades.
• El disfrute de los servicios de salud y de asistencia social que
satisfagan eficaz y oportunamente las necesidades de la
población.
• El conocimiento para el adecuado aprovechamiento y
utilización de los servicios de salud.
Anuar Asproulis
3-12-20
• El desarrollo de la enseñanza y la investigación científica y
tecnológica para la salud.
Dentro de la misma ley, en su artículo 134, establece que las vacunas
contra la tosferina, la difteria, el tétanos, la tuberculosis, la
poliomielitis y el sarampión, así como otras enfermedades que en un
futuro estime necesarios la Secretaría de Salud, son obligatorias en
términos que fije a esa dependencia.
Ahora bien, en lo personal, considero que es un tema muy extenso y
por lo mismo veo complicado que haya una resolución para el mismo
a corto plazo, sin embargo, es de vital importancia que la haya.
Para esto, hay un factor fundamental que se debe tomar en cuenta, la
cantidad de personas que van a estar en desacuerdo para la aplicación
de la vacuna a los niños en México, creo que es importante delimitar
las prioridades del estado, siendo indudablemente una de ellas el
futuro del país (niños y jóvenes). Por esto, creo que no debería
establecerse una obligatoriedad para vacunar a los niños, al menos no
hasta que la vacuna sea 100% efectiva y 0% perjudicial, mientras
tanto, si lo que se busca es probar su efectividad, creo que es una muy
buena opción probarla en personas mayores, que de preferencia sean
voluntarios, para así, no recurrir a la obligatoriedad en menores.
Anuar Asproulis
3-12-20
Sin embargo, no se puede descartar la posibilidad de que haya
personas que quieran que se vacune a sus hijos en cuanto haya
disponibilidad de la vacuna aún sin saber que tan certera será, ni los
efectos colaterales que conlleva. Por lo mismo, es un tema realmente
complejo por las diversas alternativas que podría haber y siempre
deberá respetarse la libertad de decisión de cada individuo, pues es un
derecho fundamental consagrado en la Constitución y de mayor
trascendencia a nivel internacional toda vez que a cualquier
restricción al ejercicio de la libertad de los ciudadanos debe
considerarse en mayor o menor grado esclavitud.
Otro aspecto, de gran relevancia que debe ser considerado a la hora
de establecer la obligatoriedad de la vacuna del Covid-19 en México,
es que, en caso de establecer dicho mandato, debería ser en el caso
único y exclusivo de que el gobierno proporcione la vacuna sin costo
alguno y como fue anteriormente mencionado dando la oportunidad
de decidir a cada individuo la aplicación de la misma.

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